NUEVO PLAZO PARA RECURRIR

El Consejo para la Defensa del Contribuyente propone ampliar el plazo para interponer recurso contra los actos de la AEAT. Concretamente, propone ampliarlo de un mes a 45 días. El Consejo, en su último informe, señala que ha recibido quejas de contribuyentes relacionadas con los retrasos en la entrega de las notificaciones de Hacienda sobre los procedimientos de comprobación. Por tanto, los contribuyentes se quedan con el tiempo justo para poder recurrir y, además, en ocasiones no tienen acceso al expediente completo.

IRPF 2024

Los contribuyentes que tengan sueldos a partir de 22.000 euros serán los más perjudicados por la bajada en las retenciones del IRPF. El Gobierno modificó el Reglamento del IRPF en diciembre de 2022, para que tuviera efectos a partir de 2023, para extender a los salarios de hasta 35.200 euros un límite máximo en la cuota de retención. De este modo, aplicaría para los sueldos desde 22.000 euros hasta los 35.500 euros. Estos trabajadores, en función de su renta y las cargas familiares que tengan, deberán devolver a Hacienda en la próxima campaña del IRPF que comienza el 3 de abril entre 400 euros y 900 euros, según señalan expertos en fiscalidad

DISFRUTE DE LAS VACACIONES

El trabajador tiene derecho a una compensación económica si no ha disfrutado de todas las vacaciones antes de dimitir. El TJUE confirma que el Derecho de la Unión se opone a una normativa nacional que prohíbe el pago a un trabajador de una compensación económica por los días de vacaciones anuales retribuidas no disfrutados cuando dicho trabajador pone fin voluntariamente a su relación laboral. El único caso en que el Derecho de la UE no se opone a la pérdida de ese derecho es aquel en que el trabajador se haya abstenido deliberadamente de disfrutar de sus días de vacaciones, pese a que el empleador le haya animado a hacerlo informándole del riesgo de perderlos al término de un período de referencia o de prórroga autorizado.

CONCILIACION VIDA FAMILIAR

Nuevas medidas para hacer compatible la vida familiar con la vida laboral. Ante la Comisión de Trabajo y de Seguridad Social del Congreso de los Diputados, la ministra de Seguridad Social anunció que en agosto pondrá en marcha permisos retribuidos de «al menos» cuatro semanas para los trabajadores con el fin de cuidar de los hijos. Para atender situaciones de enfermedad de los mismos o de necesidad de atención especial, si los padres no tienen con quién dejarlos. En esta línea de incentivar la conciliación de la vida familiar y laboral y también la natalidad, la ministra se comprometió a ampliar de 16 a 20 semanas los permisos de paternidad y de maternidad.

PAGOS CON TARJETA

El Ministerio de Hacienda quiere rastrear todos los pagos con tarjeta que se realizan en España bajo el objetivo de prevenir el fraude fiscal. La Administración valora modificar el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria para establecer una nueva obligación de información «que incorpore la información de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, incluyendo tarjeta de crédito, de débito, tarjetas prepago con o sin cuenta bancaria asociada, tarjetas de pago virtuales o para compras online y otras tarjetas de cualquier denominación y en cualquier moneda

PROPIEDAD HORIZONTAL: PROHIBICIÓN DEL ALQUILER VACACIONAL

El mero alquiler vacacional no puede considerarse alquiler o explotación turística de una vivienda y, por tanto, su prohibición requiere la unanimidad de la comunidad de propietarios y no una simple mayoría de tres quintos.

Propiedad horizontal: prohibición del alquiler vacacional

La DGSJPF desestima el recurso interpuesto por una comunidad de propietarios contra la calificación registral que suspende la inscripción de una cláusula estatutaria que prohibía destinar las viviendas a un uso vacacional.

 

La comunidad recurrente acordó, en junta general ordinaria y con el voto favorable de quienes representaban las tres quintas partes de propietarios, que representaban las tres quintas partes de las cuotas de participación modificar las normas de la comunidad para incluir la cláusula «las viviendas de este bloque no pueden tener un uso de destino vacacional».

Elevado a público, el Registrador suspendió la inscripción por considerar que este acuerdo requería la unanimidad. Lo que se pretende prohibir no es la actividad de alquiler turístico definido en la LAU art.5.e, sino el mero alquiler vacacional. Por tanto, la mayoría exigida no son los tres quintos de la LPH art.17.12, sino la unanimidad de la LPH art.17.6 (DGSJFP Resol 16-10-20, EDD 690348).

Por su parte, la DGSJFP, desestima el recurso con el mismo argumento que el Registrador, distingue a estos efectos el mero alquiler vacacional de la actividad de alquiler turístico. La reducción de la mayoría necesaria para modificar los estatutos a los tres quintos supone una excepción a la regla de la unanimidad que no puede extenderse a otros acuerdos que limiten el uso de las viviendas o locales, como es, por ejemplo, destinarlos al mero alquiler vacacional.

Efectivamente, el alquiler o explotación turística de las viviendas es la actividad descrita como tal en la LAU art.5 y requiere:

–  La cesión temporal de uso de la totalidad de la vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato;

–  Comercializada o promocionada en canales de oferta turística o por cualquier otro modo de comercialización o promoción;

–  Realizada con finalidad lucrativa;

–  Sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial turística.

No cumpliendo estos requisitos, un mero alquiler vacacional no puede considerase alquiler turístico y su prohibición ha de hacerse por unanimidad de la junta de propietarios.

DESPIDO POR ABSENTISMO

Despido por absentismo. Ausencias al trabajo durante 19 días en un periodo de 5 meses sin aportar ninguna justificación. Procedente despido disciplinario. Los mensajes de WhatsApp de su superior dándole ánimos para su pronta reincorporación no significan tolerancia empresarial. Por más que tuviese una relación de amistad con el encargado y que éste conociera que estaba atravesando un momento difícil por su divorcio no implican que estuviera exento de aportar justificantes de falta de asistencia, máxime cuando estamos hablando de tantos días. STA TSJ Illes Balears 01-09-2023.

Deducción parcial del IVA de los suministros de una vivienda parcialmente afecta

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha publicado una sentencia (Sentencia nº 173/2022, de 10 de febrero, recurso 364/2019), que permite la deducción parcial del IVA correspondiente a los gastos de suministros de una vivienda, en la que solo la planta baja estaba destinada a la actividad.

La normativa del IVA no permite la deducibilidad del IVA soportado en adquisiciones de bienes y servicios utilizados simultáneamente para la actividad económica y para necesidades privadas, con la única salvedad de los bienes de inversión, en los que sí se permite una utilización mixta.

Por ello, y con base en el artículo 95 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Dirección General de Tributos no había permitido la deducibilidad de las facturas de agua, luz, gas etc. derivadas de los suministros contratados en una vivienda parcialmente afecta a la actividad económica (DGT CV0605-19, de 21 de marzo de 2019).

Supuesto objeto de la Sentencia

En el caso objeto de autos, la contribuyente pretendía la deducibilidad de los gastos de suministros correspondientes al despacho profesional donde desarrollaba su actividad profesional, con la particularidad de que dicho despacho se ubicaba en la planta baja de un inmueble, compuesto por tres plantas, donde radica la vivienda habitual, tanto de ella como de su cónyuge.

Tanto el órgano de gestión tributaria como posteriormente el Tribunal Económico-Administrativo Regional rechazaron tal pretensión, con base en el artículo 95 de la LIVA, antes referido.

Disconforme con la resolución, la contribuyente formuló recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, motivando la sentencia que ahora estamos reseñando.

Contenido de la Sentencia

En su sentencia, el TSJ de Andalucía entiende que la contribuyente sí ha logrado probar la afectación de la planta baja de la vivienda a la actividad de asesoramiento jurídico que lleva a cabo. En consecuencia, dado que existe una afectación parcial de un inmueble, con elementos divisibles y autónomos, al desarrollo de una actividad económica objeto de tributación, el Tribunal entiende que sí cabe la deducción pretendida.

Sentado lo anterior, la cuestión se centra en determinar, dado el uso simultaneo del inmueble como vivienda familiar y como elemento de la actividad profesional, en qué porcentaje los gastos por suministros se imputan a uno y otro concepto.

En este sentido, el TSJ rechaza la pretensión de la recurrente de un porcentaje de deducción del 72%, en atención al horario del despacho profesional, por “resultar ciertamente excesivo y desconocedor del hecho de que existe un consumo permanente mínimo al margen del tiempo que se ocupe el inmueble de forma efectiva, así como una parte fija de la facturación independiente del consumo efectuado”.

Por ello, reconociendo la dificultad de determinar ese porcentaje y atendiendo al hecho de que la planta baja se corresponde aproximadamente con la mitad de la superficie habitable del inmueble, el Tribunal fija como porcentaje susceptible de deducción un 50 % del total del IVA soportado en el suministro de agua, luz y gas.

RENTA 2022

Estimados clientes, como cada año, nos disponemos a iniciar una nueva campaña de renta y les informamos que ya estamos en disposición de iniciar las gestiones de recopilación de información para iniciar los trámites de presentación de las declaraciones dentro de los plazos establecidos por la Agencia Tributaria:

El plazo para su formalización empieza el día 6 de Abril y finaliza el día 30 de junio, tanto para las declaraciones a ingresar como para las declaraciones con derecho a devolución.

A continuación les enumeramos la documentación que deberán recopilar y entregar o enviar a nuestro despacho para iniciar las gestiones:

Información general

  • Copia DNI vigente de los contribuyentes. Si ha nacido algún hijo/a en 2022. Fotocopia del libro de familia.
  • Hijos mayores de 14 años, y ascendientes que convivan, fotocopia DNI.
  • Recibos o certificado emitido por la guardería de hijos menores de 3 años.
  • Título de familia numerosa vigente.
  • Declaración de Renta 2021 (Solo para nuevos clientes).
  • Número de cuenta IBAN para domiciliar el pago de la renta, sea ingreso o devolución

Rendimientos trabajo:

  • Certificado de retenciones sobre salarios (trabajo). En caso de Indemnización por despido (ERTE), aportar certificado de empresa y documentación del expediente.
  • Certificado de prestaciones y retenciones (pensiones y desempleo).

Rendimientos capital mobiliario:

  • Información fiscal bancos. Certificado de préstamo para vivienda habitual (antes de 2013, o alquiler antes de 2015)
  • Venta acciones. Fechas y precios de compra y venta y gastos asociados.

Rendimientos SCP o CB:

  • Certificado ingresos y retenciones, emitido por la entidad (o modelo 184).

Rendimientos capital inmobiliario:

  • Contrato y recibos de pago de alquiler de la vivienda habitual. (Refª catastral, nombre y DNI propietario)
  • Recibos de alquileres cobrados y facturas de gastos.
  • Certificado de retenciones sobre alquileres de locales.
  • Escritura de venta o donación de inmuebles.
  • Transmisiones de inmuebles adquiridos por herencia: Escritura de adjudicación o aceptación de la herencia. Fechas de adquisición y transmisión (Importes reales, gastos y tributos de adquisición y venta).

Otros rendimientos:

  • Certificado de seguros de vida, jubilación, plan de pensiones. Aportaciones en 2020 o rescate del plan.

Rendimientos actividades profesionales o empresariales:

  • Libros contables (empresarios y profesionales)
  • Rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva (módulos): documentos acreditativos de los elementos o parámetros de la actividad utilizados durante el año, según la actividad.
  • Impresos de las declaraciones fiscales obligatorias (empresarios y profesionales)

Otros documentos:

  • Recibos de los donativos a entidades benéficas, partidos políticos o sindicatos.
  • Convenios de separación o divorcio, pensiones compensatorias pagadas, cambio de situación civil por viudedad, nacimiento y/o adopción de hijos, convivencia efectiva con ascendentes y/o descendentes.
  • Si ha sido beneficiario del PLAN PIVE 8 por la compra de un vehículo, recuerde que deberá tributar la ayuda estatal en la declaración de I.R.P.F.
  • Cláusulas suelo: Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas» y las «declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual».

KIT DIGITAL 2022

Ya está en marcha el programa AceleraPyme que pertenece al plan diseñado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para proporcionar soluciones digitales con las que mantener la actividad y potenciar los procesos de transformación digital de PYMES y autónomos que se desarrolla por Red.es y está  enmarcado en el Plan de Digitalización de PYMES 2021 – 2025, a través de los fondos Next Generation de la Unión Europea que cuenta con un presupuesto de más de 4.000 millones de euros.

Las soluciones digitales permiten gestionar toda la información relacionada con la transformación digital de su negocio y los tipos de empresas en los que se han dividido las ayudas y los plazos de presentación,  son las siguientes:

Tipo I:      pequeñas y medianas empresas de 10  a  49 empleados.

A partir del 15 de Marzo 2022.        Importe:  12.000 €

 

Tipo II:     pequeñas empresas o microempresas de 3  a  9 empleados.

A partir de 1 de Junio de 2022.   Importe:  6.000 €

 

Tipo III:    pequeñas empresas, microempresas o autónomos.

A partir de Julio 2022.               Importe:      2.000 €

 

Si desean más información sobre la tramitación de estas ayudas puede contactar con nosotros y le ayudaremos en el proceso de obtención de estos kit digitales.