RENTA 2022

Estimados clientes, como cada año, nos disponemos a iniciar una nueva campaña de renta y les informamos que ya estamos en disposición de iniciar las gestiones de recopilación de información para iniciar los trámites de presentación de las declaraciones dentro de los plazos establecidos por la Agencia Tributaria:

El plazo para su formalización empieza el día 6 de Abril y finaliza el día 30 de junio, tanto para las declaraciones a ingresar como para las declaraciones con derecho a devolución.

A continuación les enumeramos la documentación que deberán recopilar y entregar o enviar a nuestro despacho para iniciar las gestiones:

Información general

  • Copia DNI vigente de los contribuyentes. Si ha nacido algún hijo/a en 2022. Fotocopia del libro de familia.
  • Hijos mayores de 14 años, y ascendientes que convivan, fotocopia DNI.
  • Recibos o certificado emitido por la guardería de hijos menores de 3 años.
  • Título de familia numerosa vigente.
  • Declaración de Renta 2021 (Solo para nuevos clientes).
  • Número de cuenta IBAN para domiciliar el pago de la renta, sea ingreso o devolución

Rendimientos trabajo:

  • Certificado de retenciones sobre salarios (trabajo). En caso de Indemnización por despido (ERTE), aportar certificado de empresa y documentación del expediente.
  • Certificado de prestaciones y retenciones (pensiones y desempleo).

Rendimientos capital mobiliario:

  • Información fiscal bancos. Certificado de préstamo para vivienda habitual (antes de 2013, o alquiler antes de 2015)
  • Venta acciones. Fechas y precios de compra y venta y gastos asociados.

Rendimientos SCP o CB:

  • Certificado ingresos y retenciones, emitido por la entidad (o modelo 184).

Rendimientos capital inmobiliario:

  • Contrato y recibos de pago de alquiler de la vivienda habitual. (Refª catastral, nombre y DNI propietario)
  • Recibos de alquileres cobrados y facturas de gastos.
  • Certificado de retenciones sobre alquileres de locales.
  • Escritura de venta o donación de inmuebles.
  • Transmisiones de inmuebles adquiridos por herencia: Escritura de adjudicación o aceptación de la herencia. Fechas de adquisición y transmisión (Importes reales, gastos y tributos de adquisición y venta).

Otros rendimientos:

  • Certificado de seguros de vida, jubilación, plan de pensiones. Aportaciones en 2020 o rescate del plan.

Rendimientos actividades profesionales o empresariales:

  • Libros contables (empresarios y profesionales)
  • Rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva (módulos): documentos acreditativos de los elementos o parámetros de la actividad utilizados durante el año, según la actividad.
  • Impresos de las declaraciones fiscales obligatorias (empresarios y profesionales)

Otros documentos:

  • Recibos de los donativos a entidades benéficas, partidos políticos o sindicatos.
  • Convenios de separación o divorcio, pensiones compensatorias pagadas, cambio de situación civil por viudedad, nacimiento y/o adopción de hijos, convivencia efectiva con ascendentes y/o descendentes.
  • Si ha sido beneficiario del PLAN PIVE 8 por la compra de un vehículo, recuerde que deberá tributar la ayuda estatal en la declaración de I.R.P.F.
  • Cláusulas suelo: Certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas» y las «declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual».